Pais Valencià | Se aprueba la Oferta de Empleo Público. Cuerpo de Maestras/os

DECRETO 211/2020, de 18 de diciembre, del Consell, de aprobación de la oferta de empleo público de personal docente no universitario para 2020. [2020/11036] (DOGV núm. 8981 de 22.12.2020) Ref. Base Datos 2020/11036

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Artículo 1. De la oferta de empleo público
Se aprueba la oferta de empleo público de personal docente no universitario correspondiente a 2020 para el cuerpo de maestros en los términos que se establecen en este decreto.
Artículo 2. Plazas ofertadas de ingreso
En esta oferta se incluyen 1.272 plazas, correspondientes al turno de ingreso libre.
Artículo 3. Reserva para personas con diversidad funcional
1. De conformidad con el artículo 55 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, en su redacción dada por la Ley 11/2017, de 19 de mayo, y con el artículo 5 del Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública, se establece la reserva de un cupo del siete por ciento de las plazas contempladas en esta oferta de empleo público para ser cubiertas entre personas con un grado de diversidad funcional igual o superior al treinta y tres por ciento, siempre que esta sea compatible con el desempeño de las funciones propias de los puestos de trabajo docente y que superen las pruebas selectivas.
2. A estos efectos, se considerarán personas con diversidad funcional, las definidas en los apartados 1 y 2 del artículo 4 el Texto refundido de la ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
3. Deberá garantizarse que las personas aspirantes con diversidad funcional puedan participar en los procesos selectivos en igualdad de condiciones que el resto de las personas aspirantes, siempre y cuando puedan acreditar el grado de diversidad funcional, así como la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas genéricas consustanciales a las mismas.
4. La opción a puestos reservados habrá de formularse en la solicitud de participación en las convocatorias, lo que deberá ser indicado expresamente en las mismas.
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